Exportación y aduanas
Exportación de máquinas herramienta CNC usadas: aduanas, documentación, transporte especial
Declaración de exportación, verificación de uso dual, EUR.1, Carnet ATA, INCOTERMS y logística portuaria — lo que hay que resolver, técnica y jurídicamente, en el envío transfronterizo de máquinas herramienta CNC usadas. Para vendedores establecidos en España con mercado de destino fuera de la UE y para compradores que importan.
Documentos obligatorios en la exportación, de un vistazo
| Documento | Finalidad | Entidad emisora |
|---|---|---|
| Factura comercial | Base de valor para el arancel y el IVA de importación, idealmente con código HS y origen. | Vendedor |
| Lista de contenido | Número de bultos, medidas y peso por unidad — base para la manipulación portuaria y el despacho aduanero en el país receptor. | Vendedor / transportista |
| Certificado EUR.1 | Certificado de origen preferencial en exportaciones a países con acuerdo de libre comercio (Suiza, Turquía, Reino Unido, Japón, Corea del Sur, México, entre otros). | Aduana principal de exportación |
| DUA de exportación (AES) | Registro electrónico en la aduana de partida; el MRN emitido acompaña al envío hasta la aduana de salida de la UE. | Vendedor / transportista / agente de aduanas |
| Autorización de doble uso | Para máquinas herramienta incluidas en la lista de doble uso o ante sospecha de uso final sensible (art. 4 del Reglamento (UE) 2021/821). | Secretaría de Estado de Comercio (Subdirección General de Comercio Internacional de Material de Defensa y de Doble Uso) |
| Carta de porte | CMR para transporte por carretera, Bill of Lading (B/L) para transporte marítimo, Air Waybill (AWB) para transporte aéreo. Justificante de propiedad y de transporte. | Transportista / naviera |
| Seguro de transporte | Cláusula A de las ICC ("todo riesgo") para máquinas CNC de valor elevado; la póliza debe cubrir el valor de reposición más un 10 % de beneficio imaginario. | Aseguradora / transportista como intermediario |
| Permiso de transporte especial | Conforme al Reglamento General de Vehículos cuando se superan las dimensiones máximas; con requisitos de ruta y de vehículos de acompañamiento. | Dirección General de Tráfico (DGT) y, en su caso, las comunidades autónomas o países atravesados |
Lista para el caso estándar de un envío comercial desde España a un tercer país. Las entregas dentro del mercado único de la UE siguen otra lógica — véase la guía de compra.
Declaración de exportación por el sistema AES
Desde 2007, la tramitación de exportaciones en la UE se realiza exclusivamente por vía electrónica a través del AES (Automated Export System) — el sistema europeo de despacho de exportación. En España lo gestiona la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) mediante el DUA de exportación electrónico. En la práctica, cualquier venta de una máquina herramienta a un destino fuera de la UE requiere esta declaración, con independencia de su valor.
El proceso tiene dos fases. Primero, el exportador (o su representante aduanero) presenta el DUA de exportación en la aduana de partida. El sistema asigna un número MRN (Movement Reference Number). Este número acompaña al envío como código de barras en el documento de acompañamiento de exportación hasta la aduana de salida — es decir, hasta el puerto marítimo, el aeropuerto o el paso fronterizo exterior de la UE. Allí se confirma electrónicamente la salida de la mercancía; el exportador recibe entonces el justificante de salida, que acredita ante la AEAT la exención de IVA de la entrega de exportación.
Para empresas con actividad exportadora habitual conviene la figura delOperador Económico Autorizado (OEA) o, para trámites más sencillos, el estatus de expedidor autorizado. Con cualquiera de los dos, las declaraciones de exportación pueden enviarse directamente al AES desde el propio sistema de gestión aduanera — sin visita física a la aduana en cada envío. Los requisitos los comprueba la AEAT: historial fiscal y aduanero sin incidencias, procesos internos documentados, solvencia financiera acreditada. La tramitación de la solicitud de OEA dura varios meses. Para exportaciones ocasionales, el esfuerzo no está justificado; en esos casos, el transportista o un agente de aduanas se encarga del DUA como representante.
Usted, como vendedor, necesita en cualquier caso unnúmero EORI (Economic Operators' Registration and Identification, se solicita una única vez, sin coste, ante la Agencia Tributaria) y el código arancelario correcto para cada máquina — por lo general la partida 8457 (centros de mecanizado), 8458 (tornos) o 8459 (fresadoras, taladradoras y mandrinadoras) del Sistema Armonizado.
Verificación de uso dual: cuándo es obligatoria la autorización
Muchas máquinas herramienta CNC son bienes de doble uso en el sentido delReglamento (UE) 2021/821 — es decir, bienes que pueden emplearse tanto en el ámbito civil como en el militar o en la fabricación de armas de destrucción masiva. Las categorías relevantes de la lista se encuentran en el anexo I del Reglamento, en particular en la 2B001 (máquinas herramienta de control numérico) y la 2B201 (máquinas herramienta de torneado y rectificado con determinadas características de precisión y ejes).
Los umbrales están definidos con gran precisión técnica. Una fresadora de 5 ejes con precisión de posicionamiento lineal por debajo de 6 µm e interpolación simultánea de 5 ejes suele superar el umbral de la lista. Un torno con dos o más ejes y precisión de contorno mejor de 1,1 µm, también. Modelos concretos con alta probabilidad de estar en la lista: la serie NHX de DMG MORI a partir de ciertas configuraciones, las series V y A de Makino, la serie YBM de Yasda, la serie C de Hermle (C30/C42/C52) a partir de ciertas clases de precisión, y el Mazak Variaxis con alta precisión de posicionamiento.
Si una máquina está en la lista, toda exportación fuera de la UE necesita una autorización de la Secretaría de Estado de Comercio(Subdirección General de Comercio Internacional de Material de Defensa y de Doble Uso, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo). La tramitación de la solicitud dura entre 4 y 16 semanas, según el país de destino y la declaración de uso final. En países sensibles (Rusia, Bielorrusia, Irán, Corea del Norte, Siria — ampliable según la situación de embargo) la autorización es, en la práctica, prácticamente inviable.
Además se aplica la cláusula de barrido del art. 4 del Reglamento (UE) 2021/821: incluso en máquinas que no figuran en la lista existe obligación de autorización si el exportador tiene conocimiento (o la Secretaría de Estado de Comercio le informa) de que la mercancía está destinada a un uso final militar, a un destinatario bajo embargo o a la fabricación de armas de destrucción masiva. En la práctica: ante cualquier exportación a los países mencionados, conviene solicitar una consulta previa a la Secretaría de Estado de Comercio (gratuita) — la respuesta por escrito aporta seguridad jurídica y sirve después como documento de defensa claro en cualquier inspección de comercio exterior.
Para cada máquina de nuestro inventario comprobamos de forma rutinaria la clasificación de doble uso antes de emitir una oferta de exportación. Si es necesaria una autorización, incluimos ese plazo en el compromiso de entrega.
Conformidad CE en la nueva puesta en circulación y en la exportación
En la venta de una máquina herramienta usada dentro de la UE se aplica la Directiva de Máquinas 2006/42/CE (su sucesora, la 2023/1230, entra en vigor de forma progresiva a partir de 2027). Quienmodifica sustancialmente una máquina — cambio de control, retrofit, nuevo dispositivo de seguridad, reconversión con otros componentes — se considera nuevo fabricante y debe cumplir la obligación CE completa: evaluación de riesgos, documentación técnica, declaración de conformidad, marcado CE. Quien revende una máquina sin modificarla, hereda la documentación CE original.
En la exportación a terceros países no se aplica la obligación de CE de la UE. En su lugar rigen los requisitos nacionales de cada mercado:
- EE. UU. — cumplimiento OSHA (Occupational Safety and Health Administration), requisitos UL/CSA para seguridad eléctrica, ANSI/NFPA 79 para el equipo eléctrico de máquinas industriales. Una máquina con marcado CE cumple gran parte de estos requisitos de facto, pero no formalmente — el cumplimiento OSHA es responsabilidad del operador.
- Turquía — la Directiva de Máquinas de la UE se incorporó al derecho turco en 2014; el marcado CE se acepta.
- China — certificación CCC (China Compulsory Certification) para determinadas categorías de máquinas, normas GB para el equipo eléctrico. En máquinas herramienta, normalmente no requiere certificación directa, pero sí es relevante para el despacho aduanero.
- México — normas NOM (Normas Oficiales Mexicanas), para seguridad eléctrica en particular la NOM-001-SEDE y la NOM-029-STPS. El responsable es el importador; presentar la documentación de conformidad UE facilita considerablemente los trámites.
- India — estándares BIS (Bureau of Indian Standards) para determinadas categorías de equipos; las máquinas herramienta normalmente no requieren certificación obligatoria, pero los clientes finales suelen pedir la documentación CE de la UE como garantía de calidad.
- EAU / Brasil — INMETRO (BR) y ESMA (EAU) siguen cada uno sus propios requisitos; por lo general no exigen certificación inicial obligatoria para máquinas, pero en operaciones de mayor valor se revisan los justificantes de importación y las declaraciones de conformidad.
Mercados de destino habituales y sus requisitos documentales
| País | Documentos y particularidades más importantes |
|---|---|
| Turquía | EUR.1 (unión aduanera desde 1995, libre comercio en bienes industriales), traducción al turco de la factura comercial, certificado de circulación ATR para mercancías de la unión aduanera, el marcado CE de la UE se reconoce. |
| EE. UU. | Commercial Invoice en USD, declaración ISF-10+2 24 h antes del embarque, importador de registro (Importer of Record) del CBP a cargo del comprador, sin acuerdo de libre comercio con la UE → aranceles estándar (3,3 % en la partida 8457). |
| México | EUR.1 (acuerdo UE-México actualizado en 2018), Pedimento de Importación a cargo del comprador, normas NOM para seguridad eléctrica. |
| India | Sin acuerdo de libre comercio → arancel estándar más IGST del 18 %. Los estándares BIS normalmente no son obligatorios en máquinas herramienta. Importante: código IEC (Import-Export-Code) del comprador, código HS preciso. |
| China | Sin acuerdo de libre comercio → arancel de nación más favorecida (MFN), a menudo del 5–10 % en máquinas herramienta. CCC en determinadas categorías de equipos; las máquinas herramienta normalmente no se ven afectadas de forma directa. Verificación de uso dual especialmente cuidadosa (sobre todo en máquinas de alta precisión). |
| EAU | Sin acuerdo de libre comercio, pero aranceles bajos (5 %). Certificado de origen legalizado por la Cámara de Comercio de España, conformidad ESMA en equipos eléctricos. La aduana de Dubái exige declaración electrónica previa. |
| Brasil | Sin acuerdo de libre comercio con la UE, aranceles de importación comparativamente altos (a menudo 14–18 %), más IPI e ICMS. Inspección previa al embarque habitual en valores superiores a 3.000 USD, licencia de importación RADAR a cargo del comprador, conformidad INMETRO en equipos eléctricos. |
| Suiza | EUR.1 / declaración de origen (acuerdo de libre comercio desde 1972), representación de IVA posible, conformidad CE reconocida, requisitos nacionales de seguridad según el reglamento suizo de máquinas (MaschV). |
| Reino Unido | EUR.1 / declaración de origen (TCA desde 2021), marcado UKCA con periodo transitorio (acepta CE hasta 2027), se exige número EORI británico por parte del comprador. |
Panorama para el caso estándar de una entrega comercial; en cualquier momento pueden añadirse restricciones por embargos, sanciones o específicas de producto. Para proyectos concretos, conviene revisar la lista de control de la Secretaría de Estado de Comercio y el mapa de sanciones de la UE.
Logística portuaria y transporte especial
Para el transporte marítimo de ultramar, cuatro puertos dominan el tráfico desde España: Valencia (mayor puerto de contenedores del Mediterráneo, fuerte hacia Asia), Algeciras (gran nudo de trasbordo entre el Atlántico y el Mediterráneo, terminales especializadas en carga pesada), Barcelona (Norteamérica y el norte de África, alto volumen de contenedores) y Bilbao (tráfico RoRo hacia el norte de Europa).
Las máquinas de más de unos 4 m de altura o 25 t de peso a menudo ya no caben en un contenedor estándar (el 40 ft High-Cube tiene 2,69 m de altura interior; el Open-Top, hasta unos 2,7 m). En ese caso, la máquina viaja como carga break-bulk o sobre plataforma en servicio RoRo. Eso limita la elección de naviera y alarga los tiempos de transporte — de Bilbao a Houston, unos 14 días en RoRo; de Valencia a Shanghái, de 30 a 35 días en break-bulk.
Por vía terrestre, el transporte especial empieza conforme alReglamento General de Vehículos cuando se superan las dimensiones máximas ordinarias — más de 4,00 m de altura, más de 2,55 m de anchura, más de 16,50 m de longitud en un conjunto articulado estándar o más de 40 t de masa máxima autorizada. Un torno grande con distancia entre puntos superior a 3 m, o un centro de mecanizado de tipo pórtico, alcanza esos límites con facilidad.
La autorización la concede la Dirección General de Tráfico (DGT) para la red estatal, completada con las autorizaciones de las comunidades autónomas o países vecinos atravesados en tramos de su competencia. El plazo habitual es de 2 a 4 semanas, y de 6 a 8 semanas en transportes transfronterizos. Se suman vehículos de acompañamiento, a veces escolta de la Guardia Civil de Tráfico, retirada de señales o rutas alternativas especiales. Estos costes deben incluirse en el precio del transporte y no deberían aparecer recién después de cerrar el contrato.
Trabajamos habitualmente con transportistas especializados en el traslado de máquinas herramienta CNC — tanto para la logística terrestre en España como para el despacho portuario y la carga marítima. En máquinas de valor a partir de unos 80.000 €, merece la pena definir el concepto logístico junto con el transportista y la aseguradora antes de cerrar la oferta de venta.
INCOTERMS 2020: qué término conviene en cada caso
Los INCOTERMS 2020 de la ICC regulan a partir de qué punto el transporte, el seguro, el riesgo y los trámites aduaneros pasan del vendedor al comprador. En la exportación de máquinas CNC usadas, cuatro cláusulas cubren la mayoría de los contratos:
- FCA fábrica (Free Carrier) — el vendedor entrega la mercancía cargada en su propia fábrica, y a partir de ahí el comprador asume transporte y riesgo. Práctica cuando el comprador utiliza su propio transportista o dispone de una red logística integrada. El vendedor conserva el control de la declaración de exportación.
- FOB puerto (Free on Board, solo transporte marítimo) — el vendedor organiza el trayecto hasta el puerto de embarque y entrega la mercancía cargada a bordo. El riesgo se transmite con la carga. Clásico en embarques directos donde el comprador reserva el flete marítimo por su cuenta.
- CIF puerto de destino (Cost, Insurance, Freight) — el vendedor paga el flete marítimo y un seguro mínimo (cláusula C de las ICC). Pero el riesgo se transmite ya en el puerto de origen al cargar la mercancía. Para compradores de ultramar suele ser una trampa: la póliza mínima obligatoria no cubre muchos riesgos; en envíos de valor conviene pactar la cláusula A de las ICC.
- DAP lugar de destino (Delivered at Place) — el vendedor asume el transporte hasta la dirección pactada en el país de destino, pero el despacho de importación corre a cargo del comprador. Suele ser adecuado, porque el comprador dispone de los números de importador y las cuentas de IVA necesarias, y gestiona el despacho en el país receptor de forma más eficiente con sus propios agentes de aduanas.
DDP (Delivered Duty Paid) — en el que el vendedor asume también el despacho de importación en el país de destino — se utiliza poco en la práctica, porque el vendedor rara vez dispone de números de importador locales. En casos excepcionales (p. ej. cadenas de suministro consolidadas dentro de un grupo empresarial) el DDP tiene sentido; para la exportación habitual de máquinas usadas, el DAP es el camino más pragmático.
Para la negociación rige una regla sencilla: el término debería marcar el punto a partir del cual el comprador puede gestionar la cadena logística mejor que el vendedor. Con un comprador en Texas y su propio departamento de transporte, FCA es el punto natural; con un comprador en Lagos sin experiencia en comercio exterior con la UE, un DAP hasta el lugar de destino puede ser la única variante que haga viable la operación.
Carnet ATA para exportaciones temporales
Quien traslada una máquina al extranjero solo de forma temporal — participación en una feria como la EMO Hannover, la JIMTOF Tokio o la IMTS Chicago, una demostración en las instalaciones del cliente final, o una aportación para un trabajo de servicio de duración limitada — debería conocer el Carnet ATA. Es un documento aduanero reconocido internacionalmente que permite la importación libre de aranceles y de IVA en los países miembros del convenio del Carnet durante un máximo de doce meses, prorrogable una vez.
En España, los Carnets los emite la Cámara de Comercio de España. La garantía (habitualmente 30–40 % del valor de la mercancía) se aporta como aval bancario, depósito en efectivo o garantía de seguro, y se libera en cuanto las autoridades aduaneras españolas confirman la reimportación. El plazo de emisión es, por lo general, de 3 a 5 días laborables; en la práctica, los transportistas o los gestores especializados en Carnets trabajan directamente con la Cámara.
El Carnet se acepta, entre otros, en la UE, EE. UU., Japón, Turquía, México, Brasil, India, China, EAU, Australia, Canadá y varios países más. No todos los países participan — conviene comprobar la lista actualizada de la ICC antes de cada operación con Carnet. Para exportaciones definitivas, el Carnet no es adecuado: quien vaya a dejar la máquina en destino debe tramitar el DUA de exportación ordinario por el sistema AES y abonar, si procede, los aranceles e impuestos correspondientes en el país receptor.
Preguntas frecuentes sobre exportación y despacho de aduanas
¿Qué documentos necesito para exportar una máquina CNC usada desde la UE?+
El alcance estándar es la factura comercial (Commercial Invoice en versión inglesa, con código HS 8457, 8458 u 8459 según el tipo de máquina), la lista de contenido (packing list), el certificado EUR.1 en destinos con preferencia arancelaria, el DUA de exportación electrónico a través del sistema europeo AES (Automated Export System), la carta de porte (CMR, B/L o AWB según el medio de transporte) y el justificante de seguro. En máquinas relevantes para uso dual, además la autorización de exportación de la Secretaría de Estado de Comercio; en transportes especiales, la autorización complementaria de circulación para transporte especial (masas y dimensiones del Reglamento General de Vehículos) y, si procede, el permiso de corredor del país o países atravesados.
¿Qué es el certificado EUR.1 y cuándo lo necesito?+
El EUR.1 es un certificado de origen preferencial. Acredita que la mercancía cumple las reglas de origen de un acuerdo de libre comercio vigente — así el receptor paga aranceles de importación reducidos o nulos. Es relevante para máquinas CNC sobre todo en exportaciones a Suiza, Noruega, Turquía, Reino Unido (TCA), Corea del Sur, Japón, Canadá (CETA), México, Singapur y Vietnam. Lo emite la aduana principal de exportación; para envíos de hasta 6.000 € basta, alternativamente, una declaración de origen en la propia factura. Ahora bien, en una máquina en posesión de un vendedor español pero fabricada originalmente en Japón o China, la preferencia no se aplica — el origen sigue el primer tratamiento o transformación sustancial, no la ubicación del vendedor.
¿Necesito una autorización de uso dual para un centro de mecanizado de 5 ejes?+
Puede que sí. Las máquinas herramienta a partir de cierta precisión y número de ejes entran dentro del anexo I del Reglamento (UE) 2021/821 de doble uso. Las categorías críticas son la 2B001 (máquinas herramienta) y la 2B201. Una fresadora de 5 ejes con precisión de posicionamiento lineal por debajo de 6 µm e interpolación simultánea de 5 ejes suele superar el umbral de la lista. En ese caso es obligatoria una autorización de la Secretaría de Estado de Comercio, también para máquinas usadas. En exportaciones a los llamados países sensibles (Rusia, Bielorrusia, Irán, Corea del Norte, Siria — y otros según la situación de embargo vigente) se aplica además el art. 4 del Reglamento (UE) 2021/821 (cláusula de barrido para uso final militar o nuclear). En caso de duda: solicitar una consulta previa a la Secretaría de Estado de Comercio (gratuita) antes de cerrar el contrato.
¿Tiene que ser conforme CE una máquina CNC usada al volver a ponerse en circulación en la UE?+
Dentro de la UE, sí: quien modifica sustancialmente una máquina (retrofit, cambio de control, nuevo dispositivo de seguridad) o la vuelve a poner en el mercado bajo su propio nombre, asume las obligaciones de la Directiva de Máquinas 2006/42/CE — evaluación de riesgos, documentación técnica, declaración de conformidad, marcado CE. Quien revende la máquina sin modificarla, hereda la documentación CE original. En la exportación a terceros países (EE. UU., Turquía, México, China) no se aplica la obligación de CE de la UE; en su lugar rigen los requisitos nacionales de cada mercado (cumplimiento OSHA en EE. UU., GOST en algunos países de la CEI, normas GB en China). En exportaciones a filiales dentro de la UE que van a seguir usando la máquina en territorio comunitario, las obligaciones de la UE siguen siendo de aplicación.
¿Qué es un Carnet ATA y cuándo se usa?+
El Carnet ATA es un documento aduanero internacional para la importación temporal libre de aranceles — hasta 12 meses, prorrogable una vez. Caso de uso clásico: llevar una máquina a la EMO Hannover o a la JIMTOF Tokio, hacer una demostración y volver a traerla sin trámite aduanero. También útil para demostraciones en las instalaciones del cliente final antes de la venta definitiva, o para aportaciones temporales en trabajos de servicio. Lo emite la Cámara de Comercio de España correspondiente contra una garantía (habitualmente 30–40 % del valor de la mercancía) mediante aval, garantía bancaria o depósito en efectivo. No todos los países aceptan el Carnet — EE. UU., UE, Japón, Turquía, México, Brasil, China e India sí lo hacen. Para una exportación definitiva el Carnet no es adecuado; en ese caso se aplica la declaración de exportación ordinaria.
¿Qué INCOTERM conviene en una exportación de máquinas CNC?+
Cuatro cláusulas cubren el 90 % de los casos. FCA fábrica (Free Carrier) — el vendedor entrega la máquina cargada en sus propias instalaciones, y a partir de ahí el comprador asume transporte y riesgo. Adecuada cuando el comprador utiliza su propio transportista. FOB puerto (Free on Board, solo transporte marítimo) — el vendedor organiza el trayecto hasta el puerto de embarque y entrega la mercancía cargada a bordo. CIF puerto de destino — el vendedor paga el flete marítimo y un seguro mínimo, pero el riesgo se transmite ya en el puerto de origen al cargar la mercancía. Para compradores de ultramar suele ser una trampa. DAP lugar de destino — el vendedor asume el transporte hasta la dirección pactada en el país de destino, pero el despacho de importación corre a cargo del comprador. El despacho de importación en el país de destino debería recaer casi siempre en el comprador, porque solo él dispone de los números de importador y de las cuentas de IVA necesarias. Por eso el DDP (Delivered Duty Paid) solo se usa en casos excepcionales.
¿Cómo funciona la declaración de exportación a través del sistema AES?+
El AES (Automated Export System) es, desde 2007, el sistema electrónico europeo de despacho de exportación. En España se gestiona a través de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), mediante el DUA de exportación electrónico. Las declaraciones son obligatorias prácticamente sin umbral mínimo relevante para maquinaria industrial. El proceso habitual es: presentación del DUA de exportación en la aduana de partida, obtención del MRN (Movement Reference Number), presentación de la documentación de acompañamiento en la aduana de salida de la UE, confirmación electrónica de la salida de la mercancía (el justificante de salida acredita ante la AEAT la exención de IVA de la entrega de exportación). Para exportadores habituales existen simplificaciones distintas: el estatus de "exportador autorizado" para acreditar origen preferencial, el de "expedidor autorizado" para el tránsito, y la certificación OEA (Operador Económico Autorizado) para simplificaciones aduaneras generales. En la práctica, nosotros o el transportista nos encargamos del DUA de exportación; usted, como vendedor, debe facilitar los datos base (número EORI, código arancelario, origen).
¿Qué puertos se utilizan habitualmente para exportar desde España?+
Para transporte marítimo de ultramar, Valencia, Algeciras, Barcelona y Bilbao son los cuatro puertos estándar. Valencia domina las conexiones a Asia y es el mayor puerto de contenedores del Mediterráneo, Algeciras es el gran nudo de trasbordo entre el Atlántico y el Mediterráneo, Barcelona atiende bien Norteamérica y el norte de África, y Bilbao concentra el tráfico RoRo (carga rodada) hacia el norte de Europa. En máquinas de más de unos 4 m de altura o 25 t de peso, la carga break-bulk o de gran tonelaje es habitual frente a la carga en contenedor — lo que limita la elección de navieras. Para Europa central y oriental, Turquía y la CEI, el transporte terrestre en tráiler suele ser la opción más económica, cruzando primero a Francia por La Jonquera o Irún y continuando desde ahí por la red europea.
¿Cuándo hace falta un procedimiento de autorización de transporte especial?+
El transporte especial empieza cuando un vehículo supera las masas y dimensiones máximas del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998): más de 4,00 m de altura, más de 2,55 m de anchura, más de 16,50 m de longitud en un conjunto articulado estándar o más de 40 t de masa máxima autorizada. Un torno grande con una distancia entre puntos superior a 3 m, o un centro de mecanizado de tipo pórtico, alcanza esos límites con facilidad. El permiso lo concede la Dirección General de Tráfico (DGT) para la red estatal, junto con las autorizaciones de las comunidades autónomas o ayuntamientos cuyas vías se vayan a utilizar. El plazo de solicitud es habitualmente de 2 a 4 semanas, y de 6 a 8 semanas en transportes transfronterizos de grandes dimensiones. Pueden añadirse vehículos de acompañamiento, escolta de la Guardia Civil de Tráfico, retirada de señales o rutas alternativas especiales. Estos costes deben incluirse en el precio del transporte y no deberían aparecer recién después de cerrar el contrato.
¿Quién asume el riesgo de pérdida o daño durante la exportación?+
Depende del INCOTERM. En FCA, el riesgo del vendedor termina al entregar la mercancía cargada en fábrica; en FOB, al cargarla a bordo; en CIF, técnicamente también en el puerto de carga (aunque sea el vendedor quien pague el seguro). En CIF, el seguro de transporte mínimo exigido contractualmente (cláusula C de las ICC) no cubre muchos riesgos — por eso, para máquinas CNC de valor elevado, los compradores suelen exigir la cláusula A ("todo riesgo"). Recomendación práctica: con independencia del INCOTERM, en envíos de valor conviene pactar una póliza de cláusula A con valor de reposición más un 10 % de beneficio imaginario — la prima suele ser del 0,15–0,30 % del valor de la mercancía, mínima en relación con el riesgo de siniestro.
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